En caso de muerte, incapacidad o insolvencia del paciente, la póliza se extenderá a cubrir la perdida del paciente, proveniente de una reclamación interpuesta por los familiares o representante legal del paciente, por causa de un Acto Medico Negligente, en los servicios médicos, de acuerdo a los términos y condiciones de la póliza contratada.