Atrás | Cambio de plan.Cambio de plan.A solicitud del contratante podrá realizar cambio de plan, de acuerdo a las polÃticas y requisitos vigentes que en ese momento establezca la aseguradora, a otro plan que tenga en vigor en iguales condiciones de forma, monto o ambos. Para ejercer este derecho la póliza deberá estar en vigor y no estar disfrutando del beneficio que otorga la Cláusula de Invalidez Total y Permanente y/o Exención del pago de primas. El nuevo contrato se entenderá que la fecha de inicio de vigencia y la edad del asegurado en ese momento, serán las mismas que se hubieren señalado en el contrato original.Que es cambio de plan.A solicitud del contratante podrá realizar cambio de plan, de acuerdo a las polÃticas y requisitos vigentes que en ese momento establezca la aseguradora, a otro plan que tenga en vigor en iguales condiciones de forma, monto o ambos. Para ejercer este derecho la póliza deberá estar en vigor y no estar disfrutando del beneficio que otorga la Cláusula de Invalidez Total y Permanente y/o Exención del pago de primas. El nuevo contrato se entenderá que la fecha de inicio de vigencia y la edad del asegurado en ese momento, serán las mismas que se hubieren señalado en el contrato original.